Muchas empresas de servicios en campo —HVAC, plomería, eléctrico, mantenimiento a domicilio— pagan a sus técnicos con recibo de honorarios o como "asimilados a salarios", sin darlos de alta ante el IMSS ni el Infonavit. En muchos casos ese técnico, en los hechos, trabaja exactamente igual que un empleado: horario que le fija la empresa, supervisión en tiempo real y exclusividad. Para el IMSS y el SAT, ese conjunto de señales tiene nombre: subordinación. Y cuando existe, la autoridad puede recalificar esa relación como laboral, sin importar cómo se llame el contrato.
Qué es la subordinación y por qué el nombre del contrato no protege
Un recibo de honorarios describe cómo se factura, no cómo se trabaja. Lo que decide si una relación es laboral —para efectos del IMSS y del SAT— no es el nombre del esquema fiscal que usa el técnico, sino si existe subordinación: si alguien más dirige, supervisa y controla cómo, cuándo y dónde se hace el trabajo. Cuando eso ocurre, la autoridad puede considerar que hay una relación laboral de facto, aunque en el papel diga "honorarios" o "asimilado a salarios".
Esto es justo lo que puede pasar con un técnico de campo que en el papel es "de honorarios" pero en la operación diaria: tiene un horario fijo que le asigna el despachador, se le supervisa en tiempo real por GPS o por checklist obligatorio, no puede rechazar órdenes ni trabajar para otra empresa, y usa las herramientas, el uniforme o la camioneta de la empresa. Ese es exactamente el perfil de trabajo que promete resolver Medware FieldOps con su tablero de despacho, su mapa en tiempo real y sus checklists por servicio —y es el mismo perfil que, sin el alta correcta ante el IMSS, expone al negocio.
Las señales que activa el criterio SAT 2026
El SAT incluyó la recalificación de "asimilados a salarios" como criterio de vigilancia en su Plan Maestro Fiscal 2026. Los indicios de subordinación que activan ese criterio —documentados también por especialistas fiscales que dan seguimiento al tema— son, entre otros:
- Horario fijo asignado por la empresa, no acordado libremente por el prestador del servicio.
- Supervisión y dirección en tiempo real de cómo se ejecuta el trabajo.
- Exclusividad: el técnico no presta el mismo tipo de servicio a otras empresas.
- Integración a la estructura operativa de la empresa, como cualquier otro empleado.
- Uso de instalaciones o herramientas de la empresa para prestar el servicio.
El detalle incómodo para una empresa de servicios en campo: un sistema de despacho —tablero de asignación, mapa en tiempo real, checklist obligatorio— deja evidencia digital exacta de casi todas esas señales, si se usa igual para un técnico "de honorarios" que para uno dado de alta como empleado. La herramienta no crea esa subordinación: la vuelve visible, con fecha y hora, para quien la busque.
| Elemento | Qué dice la norma |
|---|---|
| Falta: no inscribir a un trabajador ante el IMSS o hacerlo fuera de plazo | Art. 304-A fracción II de la Ley del Seguro Social |
| Multa por esa falta | 20 a 350 veces la UMA (Art. 304-B fracción IV LSS) ≈ $2,346.20 a $41,058.50 MXN (2026) |
| Plazo de caducidad del crédito del IMSS | 5 años (Art. 297 LSS) |
| Prescripción de cuotas obrero-patronales omitidas | 5 años desde su exigibilidad (Art. 298 LSS) |
| Criterio de vigilancia 2026 | Plan Maestro Fiscal SAT: recalificación de "asimilados a salarios" |
Las dos exposiciones económicas, y por qué no son la misma
Conviene no mezclar dos consecuencias distintas de una reclasificación:
1. La multa por no inscribir al trabajador. El artículo 304-A fracción II de la Ley del Seguro Social señala como infracción "no inscribir a sus trabajadores ante el Instituto o hacerlo en forma extemporánea". El artículo 304-B fracción IV sanciona esa infracción "con multa equivalente al importe de veinte a trescientas cincuenta veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización" —es decir, 20 a 350 UMA, aproximadamente $2,346.20 a $41,058.50 pesos en 2026 (con la UMA diaria 2026 en aproximadamente $117.31)—. La ley no dice de forma explícita si esta multa es "por trabajador" cuando hay varios técnicos no inscritos; lo prudente es no asumir que es un monto único agregado y confirmar con tu contador o abogado laboral cómo se aplicaría en tu caso concreto.
2. Las cuotas retroactivas, si el IMSS reclasifica la relación. Esta es la exposición más grande, y no tiene un tope fijo: depende del salario de cada técnico y de cuántos años lleve así. El artículo 297 de la LSS establece que "la facultad del Instituto de fijar en cantidad líquida los créditos a su favor se extingue en el término de cinco años", y el artículo 298 que "la obligación de enterar las cuotas y los capitales constitutivos, prescribirá a los cinco años de la fecha de su exigibilidad". En conjunto, esto significa que si el IMSS reclasifica la relación como laboral, puede cobrar hasta 5 años retroactivos de cuotas obrero-patronales omitidas, más actualización y recargos. Además de esas cuotas, una reclasificación abre la puerta a reclamos retroactivos de PTU, aguinaldo, vacaciones y prima vacacional del periodo no prescrito.
Estas dos exposiciones pueden coexistir en un mismo técnico mal clasificado, pero conviene mirarlas por separado: una es una multa administrativa con techo fijo (304-B), la otra es un cobro de cuotas sin techo fijo que depende de tu propia nómina (297/298). Puedes estimar las dos por separado, con tus propios números, en la calculadora de exposición ante el IMSS por técnicos de campo.
Cómo ayuda FieldOps, y qué no hace
Una aclaración antes de seguir: Medware FieldOps no tramita ni corrige el alta de nadie ante el IMSS, ni te dice si un técnico en particular debería estar en nómina. Eso lo determina tu contador o tu abogado laboral con los hechos de cada caso, no un software. Lo que sí resuelve FieldOps es el problema que viene antes de esa conversación: hoy, ¿sabes de un vistazo cuántos de tus técnicos activos en el sistema están dados de alta como empleados reales y cuántos como honorarios o asimilados?
El roster de técnicos de FieldOps guarda ese régimen como un dato más del expediente de cada técnico —igual que guarda su certificación o su historial de órdenes—, no como algo que el sistema tramite. Así el dueño del negocio decide con ese dato en la mano, no de memoria. Puedes ver ese recorrido completo, ilustrado paso a paso, en del roster a la decisión: el flujo completo en FieldOps.
Preguntas frecuentes
¿Un técnico "de honorarios" siempre corre este riesgo?
No. El riesgo aparece cuando existe subordinación real: horario fijo asignado por la empresa, supervisión y dirección en tiempo real, exclusividad, integración a la estructura operativa o uso de herramientas de la empresa. Un prestador de servicios genuinamente independiente, que decide su propio horario y trabaja para varios clientes, no encaja en ese perfil.
¿Cuánto es la multa por no inscribir a un técnico ante el IMSS?
De 20 a 350 UMA conforme a los artículos 304-A fracción II y 304-B fracción IV de la Ley del Seguro Social, aproximadamente $2,346.20 a $41,058.50 pesos en 2026.
¿Cuánto puede cobrar el IMSS en retroactivo si reclasifica la relación?
La ley no fija un monto: depende del salario de cada técnico. Lo que sí fija es el periodo: hasta 5 años retroactivos de cuotas obrero-patronales, conforme a los artículos 297 y 298 de la Ley del Seguro Social, más actualización y recargos.
¿FieldOps corrige el régimen fiscal de mis técnicos?
No. FieldOps no tramita ni corrige el alta de nadie ante el IMSS. El roster de técnicos guarda el régimen de cada uno como un dato del expediente, para que el dueño del negocio lo revise con su contador o abogado laboral, no para dar consejo legal ni fiscal.
Fuente: Ley del Seguro Social, texto vigente publicado por la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión, última reforma DOF 15-01-2026 (artículos 297, 298, 304-A y 304-B). Cifras en pesos calculadas con la UMA diaria 2026 (≈ $117.31). El criterio de vigilancia sobre "asimilados a salarios" en el Plan Maestro Fiscal 2026 del SAT se cita a partir de fuentes especializadas en fiscalización; confirma su alcance exacto con tu contador. Este artículo es orientativo y no sustituye una revisión por tu abogado laboral o tu contador antes de tomar una decisión sobre el régimen de tus técnicos.
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