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Cuánto te deberían retener por tus honorarios (y qué te depositan de verdad)
ISR e IVA retenidos por tu cliente persona moral, con tus propios números. Sin registro.
El detalle de por qué existe esta retención, y qué hace falta en el timbrado para reflejarla, está en retención de ISR e IVA por honorarios: la casilla que tu CFDI nunca marca.
Escenario 1 — Retención sobre tus honorarios (LISR art. 106/113-J, LIVA art. 1o.-A)
Total de la factura (subtotal + IVA trasladado, lo que hoy dice tu CFDI)
Total retenido por tu cliente (ISR + IVA)
Lo que tu cliente en realidad te debería depositar
Esa resta hoy no vive en tu CFDI
ServiWare timbra el CFDI 4.0 con IVA trasladado, pero el nodo de retenciones no existe todavía: ni el tuyo por ISR/IVA, ni el que tu cliente debería acreditar. Ve el recorrido completo en de la factura a la retención: qué falta en el flujo de ServiWare.
Que me lo muestren en una demo⚠️ Este cálculo es informativo: parte de la tasa general de cada retención y no sustituye tu propia constancia de retenciones ni el criterio de tu contador. Si tu cliente ya te retiene con una tasa distinta, o tu caso tiene una particularidad (exención, convenio, etc.), confírmalo con él antes de usar esta cifra para algo más que estimar.
Escenario 2 — Si esas retenciones se hacen pero no se enteran al SAT
Esta exposición es de quien retiene (tu cliente persona moral), no la tuya: si te sirve, es para explicarle por qué te conviene que su comprobante de retención (o tu propio CFDI con la retención señalada) sí exista.
No es una multa en pesos: el art. 109, fracción II, del CFF sanciona no enterar contribuciones retenidas con las mismas penas de la defraudación fiscal (art. 108 CFF) — prisión, según el monto acumulado no enterado en el mismo ejercicio.